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05, 2013
Matrimonio por poder.
Matrimonio por poder. El Matrimonio por poder es posible de realizar en virtud del Art. 103 del código civil, que señala: El matrimonio podrá celebrarse por mandatario especialmente facultado para este efecto. El mandato deberá otorgarse por escritura pública, e indicar el nombre, apellido, profesión y domicilio de los contrayentes[...]