12 05, 2014
C. S. no todos los incumplimientos llevan necesariamente a la resolución del vínculo jurídico.

No todos los incumplimientos llevan necesariamente a la resolución del vínculo jurídico. Causa nº 8727/2009. Resolución nº 33196, de Corte Suprema de Chile - Sala Primera (Civil), de 1 de Agosto de 2011 TEXTO DE LA SENTENCIA: Santiago, uno de agosto de dos mil once. VISTO: En estos autos Rol[...]