PUBLICACIONES EN REDES SOCIALES

22 12, 2016
C. A. de P. Arenas ordena a la recurrida a eliminar y abstenerse de realizar publicaciones en redes sociales «que atenten contra la vida privada, la imagen y la honra».

C. A. ordena a la recurrida a eliminar y abstenerse de realizar publicaciones en redes sociales. En fallo unánime la Corte de Punta Arenas acogió el recurso de protección presentado por la directora de un jardín infantil en contra de una apoderada del establecimiento, al estimar que la directora del[...]

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