En fallo unánime la Corte de Apelaciones de Rancagua ordenó al Hospital de Santa Cruz, al Servicio de Salud O’Higgins y personas naturales eliminar los comentarios, publicaciones y mensajes en redes sociales donde se divulgaron los antecedentes personales que constan en la ficha clínica y datos sensibles de recurrente diagnosticado con Covid-19 y dispuso, además, que los recurridos deberán abstenerse de realizar acciones similares en el futuro.
Como es costumbre se han eliminado o abreviado los nombres de las partes ya que éstos no se tienen por relevantes para el análisis de la sentencia causa rol 3910-2020.
Texto de la sentencia:
C. A. de Rancagua.
Rancagua, quince de abril de dos mil veinte.
A la solicitud formulada al segundo otrosí de la presentación de 8 de abril en curso, se provee:
Como se pide, ha lugar a la orden de no innovar solicitada, debiendo los recurridos eliminar los comentarios, publicaciones y mensajes en redes sociales donde se divulgaron los antecedentes personales que constan en la ficha clínica y datos sensibles del recurrente, debiendo abstenerse además de continuar realizándolos en el futuro.
Ofíciese.
Rol Corte 3910-2020. Protección.
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