PENSION ALIMENTICIA

10 09, 2012
Pensión alimenticia.

Pensión alimenticia. Normalmente una pensión alimenticia se fija en una suma de dinero que debe pagarse en forma periódica. Sin embargo, también cabe la posibilidad que a título de pensión alimenticia se conceda al alimentario el derecho de usufructo, uso o habitación. Esta posibilidad ya se reconoce tímidamente por el[...]

06 09, 2012
Alimentos, II parte.

Alimentos, II parte. Este artículo es la continuación de Alimentos, I parte. CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO DE ALIMENTOS Intransferible Intransmisible, no se transmite por causa de muerte, Art. 334 Irrenunciable Imprescriptible Inembargable, Art. 1618 Nº 9 CC y Art. 445 Nº 3 CPC No se puede someter a compromiso, Art. 229[...]

05 09, 2012
Alimentos, I parte.

DERECHO DE ALIMENTOS. Sobre la base del Art. 323 Código Civil se puede elaborar un concepto “los alimentos deben habilitar al alimentado para subsistir modestamente de un modo correspondiente a su posición social”.  Por lo tanto, no sólo debe entenderse la comida, sino también todo lo que necesite para subsistir modestamente,[...]

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