Notificación TGR por CAE: Guía y opciones.

Por admin | 22.04.2026
Blog Derecho-Chile| 9 minutos
Notificación TGR por CAE: Guía y opciones
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Notificación TGR por CAE: Guía y opciones

Recibiste un mensaje de la Tesorería. En este artículo encontrarás:

  • Qué significa la notificación y por qué tu deuda está en la TGR
  • Las 3 opciones de pago (al contado, convenio, contacto directo)
  • Tus derechos y herramientas de defensa legal
  • Qué hacer si enfrentas un juicio o retención de fondos

El mensaje que probablemente recibiste

Si en abril de 2026 o posteriormente recibiste una comunicación de la Tesorería General de la República, es muy similar a esta:

«Junto con saludar, le recordamos que mantiene vigente una deuda por concepto de Crédito con Aval del Estado (Formulario 34, deuda CAE), asociado al beneficio entregado para el Financiamiento de la Educación Superior (Ley 20.027). Para regularizar esta deuda, puede pagar al contado en 121 o en cualquiera de nuestras oficinas a lo largo del país, o bien suscribir un convenio de pago a través de nuestra página web, donde el pago inicial será de entre un 10% y un 20% de la deuda total y podrá acceder hasta 24 cuotas mensuales…»

Fuente: Tesorería General de la República (TGR), Abril 2026

Si reconoces este mensaje, esta guía es para ti. No estás solo: más de 550.000 deudores morosos están en tu situación. Este artículo te explica qué significa esa notificación, cuáles son tus derechos, y qué opciones legales tienes.

¿Qué es el CAE y por qué está ahora en la TGR?

El Crédito con Aval del Estado (regulado por la Ley N° 20.027) es un préstamo otorgado por bancos comerciales para financiar estudios superiores. El Estado avala hasta el 90% de la deuda. Cuando dejas de pagar durante un período prolongado, el banco agota la cobranza convencional y solicita al Estado que pague la garantía. Al hacerlo, el Fisco se convierte en tu nuevo acreedor, y la TGR asume la responsabilidad del cobro.

En abril de 2026, la TGR activó un proceso de cobro masivo, informando a decenas de miles de deudores sobre el adeudo pendiente.

Tres opciones de pago inmediatas

Opción 1: Pago total al contado

Si tienes capacidad de pago inmediato, puedes:

  • Pagar en línea a través del centro de pagos de la TGR
  • Pagar en efectivo en cualquiera de las oficinas de la TGR a lo largo del país
  • Pagar a través del sistema bancario (código 121 es la referencia de pago TGR)

Tu deuda quedará saldada definitivamente.

Cómo verificar tu deuda exacta: Ingresa a www.tgr.cl con tu ClaveÚnica o Clave Tributaria (del SII) y solicita el Certificado de Deuda Fiscal (aparece como Formulario 34).

Opción 2: Convenio de pago (hasta 24 cuotas mensuales)

Si tus ingresos mensuales son inferiores a $5.000.000 brutos, tienes derecho a solicitar un convenio de pago a través de la página web de la TGR.

Requisitos:

  • Deuda vencida de al menos 1 UTM
  • No presentar exclusiones por la TGR
  • Ingresos inferiores a $5.000.000 mensuales brutos

Estructura del convenio:

  • Pago inicial: entre 10% y 20% de la deuda total
  • Cuotas mensuales: hasta 24 meses
  • Cálculo de la cuota: corresponde a un porcentaje equivalente de tus ingresos, según tu declaración de renta del período anterior
  • Comportamiento anterior: el monto también considera tu historial en convenios previos
  • Límite legal: tu cuota mensual no puede exceder el 10% de tus ingresos brutos

Cómo solicitar el convenio:

  1. Ingresa a www.tgr.cl/cae o https://convenio.tgr.cl/cnv-cae2026
  2. Inicia sesión con ClaveÚnica
  3. Presenta tu declaración de renta más reciente (código 158 del Formulario 22)
  4. Si no tienes renta registrada, adjunta tu certificado de cotizaciones previsionales actualizado
  5. Revisa y firma el acuerdo

Si el convenio no cubre toda tu deuda, podrás pagar el saldo remanente después o suscribir un nuevo convenio una vez termine el primero.

Opción 3: Contacto directo con TGR

Si tu situación es particular o tienes consultas específicas sobre tu deuda, la TGR ofrece contacto directo:

  • Teléfono: 809-035236 o 809-035828
  • Web: www.tgr.cl
  • Presencialmente: en cualquiera de las oficinas de la TGR a lo largo del país

Preguntas frecuentes sobre la deuda CAE

¿Cuánto tiempo tengo para responder a la notificación?

Tienes 10 días hábiles desde la notificación para presentar una defensa si deseas cuestionarla judicialmente. Este plazo es fatal e improrrogable.

¿Qué sucede si no pago y no suscribo convenio?

Si dejas de pagar, la TGR puede: (1) Intensificar la cobranza administrativa, (2) Embargar bienes (aunque no pueden embargar hasta 56 UF de tu remuneración mensual), (3) Iniciar juicio de cobranza, (4) Retener tu devolución anual de impuesto a la renta.

¿Prescribe la deuda CAE?

Depende de quién te cobre: Si cobra la TGR (tu caso actual), la deuda es imprescriptible según el artículo 13 de la Ley N° 20.027. Si cobraba el banco en nombre propio, prescribía en 1 año desde el vencimiento de cada cuota.

¿Puede la TGR retener mi devolución de impuestos?

Sí. La TGR está facultada por ley para retener los excedentes de tu Impuesto a la Renta anual si estás moroso. El monto retenido se aplica a tus cuotas CAE impagas. Si hay remanente, lo puedes retirar en tu banco administrador.

¿Afecta mi historial comercial (DICOM)?

No. Desde la Ley N° 21.214 («Chao DICOM»), la mora en CAE está excluida de DICOM y no afecta tu historial comercial ni tu capacidad de acceso a créditos. Sin embargo, la deuda sigue siendo plenamente cobrable por la TGR.

¿Qué pasa si no tengo declaración de renta?

Si no tienes renta registrada, obtén tu certificado de cotizaciones previsionales actualizado (en tu AFP o por portal de AFP), adjúntalo en la solicitud de convenio, y la TGR calculará tus cuotas en función de eso.

¿El convenio puede caducar?

Sí. El convenio caduca si: (1) Dejas de pagar 2 cuotas (sean seguidas o alternadas), (2) No pagas la cuota de ajuste, (3) No pagas la cuota final. Si caduca, la TGR puede reiniciar acciones de cobranza judicial.

¿Hay deudas adicionales que no me informaron?

Es posible. La TGR advierte que «también podría mantener deudas adicionales a la informada». Verifica en el portal tgr.cl usando tu Formulario 34 (Certificado de Deuda Fiscal) para ver la cifra exacta.

Tus derechos como deudor: herramientas de defensa legal

1. Excepciones procesales en caso de demanda

Si la TGR demanda judicialmente, tienes 4 u 8 días hábiles (según el procedimiento) para oponer excepciones tales como: vicios en la notificación, errores en los montos, falta de legitimación activa del demandante, o nulidad del título ejecutivo.

2. Recurso de protección por retenciones ilegales

Si la TGR retiene fondos que consideras ilegales (más allá de la devolución anual de impuestos), puedes interponer un recurso de protección por vulneración del derecho de propiedad. La jurisprudencia reciente ha acogido algunos de estos recursos.

3. Verificación de legitimación activa

Si la TGR demanda, puedes exigir que acredite: el pago efectivo de la garantía por parte del Estado, el contrato de subrogación o cesión de créditos, y el mandato vigente de la TGR para cobrar. Sin esta documentación, la demanda puede resultar infundada.

4. Renegociación de otras deudas

Si además del CAE tienes deudas con bancos o acreedores, considera una renegociación administrativa conforme a la Ley N° 20.720. Esto permite reducir cuotas sin nuevos intereses, salir de listas de morosos, y obtener meses de gracia. Con las otras deudas renegociadas, tendrás mayor capacidad para el convenio CAE.

Beneficios vigentes que no debes perder

Aunque no hay condonación masiva vigente, existen beneficios activos que puedes aprovechar:

Suspensión por cesantía

Si pierdes tu trabajo, puedes solicitar una suspensión de 6 meses sin generar intereses, siempre que tu mora no supere 45 días.

Rebaja de cuota al 10% de la renta

Si tu cuota mensual excede el 10% de tus ingresos brutos, el Estado subsidia la diferencia sin obligación de devolución.

Exclusión de DICOM

La mora no afecta tu historial crediticio ni tu acceso a créditos convencionales.

¿Cuándo necesitas asesoría legal?

Busca asesoría profesional INMEDIATAMENTE en estos casos:

  • Recibiste notificación de demanda judicial — tienes máximo 10 días
  • La TGR retuvo fondos que consideras ilegales — tienes 30 días para recurso de protección
  • Ganaste prescripción contra el banco pero ahora la TGR te reclama — requiere análisis especializado
  • Tu caso es atípico — desertaste en años posteriores u otras circunstancias complejas

Pasos que debes tomar hoy

  • Verifica tu deuda: www.tgr.cl → Certificado de Deuda Fiscal (Formulario 34)
  • Reúne documentación: declaración de renta, certificado de cotizaciones, últimas liquidaciones
  • Evalúa capacidad de pago: ¿contado o convenio?
  • Si puedes pagar convenio: solicítalo en línea antes de que se intensifique el cobro
  • Si hay demanda judicial o caso complejo: contacta abogado especializado hoy

Contactos útiles

Recurso Link / Teléfono
TGR – Pagar CAE www.tgr.cl/pagar-deuda-por-credito-con-aval-del-estado-cae/
Solicitar convenio CAE https://convenio.tgr.cl/cnv-cae2026
Verificar deuda (Certificado fiscal) www.tgr.cl → Certificados
Teléfono TGR CAE 809-035236 / 809-035828
Comisión ingresa (atención público) 600 901 1000 / www.atencionpublico.ingresa.cl
Portal INGRESA (información CAE) https://portal.ingresa.cl/preguntas-frecuentes/pago-del-credito-y-si-no-pago/

¿Recibiste notificación de la TGR por deuda CAE? No esperes. Asesoría especializada en deuda CAE, defensas legales y negociaciones con la TGR.


Gestionamos todo el proceso:

  • Verificación de legitimidad de la deuda
  • Análisis de excepciones procesales
  • Negociación de convenios favorables con la TGR
  • Recursos de protección por retenciones ilegales
  • Renegociación de otras deudas (Ley N° 20.720)
  • Defensa integral en juicio de cobranza

En derecho-chile.cl ofrecemos asesoría especializada en deudas CAE, defensas legales y negociaciones con la TGR. Si tu caso es complejo o enfrentas cobro judicial, contáctanos hoy para una consulta inicial.

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El contenido de este artículo, sus comentarios y las respuestas ofrecidas no constituyen ni asesoramiento legal, ni son sustitutivas del correspondiente asesoramiento jurídico personalizado de un abogado. Ante cualquier consulta profesional contáctenos, sin compromiso, a través del formulario de contacto.
Las sentencias publicadas tienen como objetivo la difusión de la jurisprudencia más relevante. Al tratarse de un fallo emitido por alguna Corte de Apelaciones o Juzgado, verifique si se encuentra ésta firme y ejecutoriada en el portal del Poder Judicial.

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