Modelo Contrato de Teletrabajo.

Por Abogado Palma | 25.03.2020
Modelos de Escritos y Contratos| 12 minutos
Foto de Christin Hume en Unsplash

Contrato de Teletrabajo.

En el contexto de crisis a causa del Coronavirus (Covid-19), la Cámara de Diputados despachó el proyecto que regula el teletrabajo y trabajo a distancia. De esta manera, Chile se adecúa a esta nueva realidad y quiere estar a la altura de las circunstancias. Independiente de la actual crisis, cada día surgen nuevos trabajos producto del desarrollo tecnológico, y nuevas formas de comunicación como herramientas de inclusión laboral, que permitan el desarrollo integral de los trabajadores, sin que ello signifique un menoscabo en sus condiciones laborales ni salariales, lo que crea en definitiva nuevas oportunidades en el mercado laboral.
En concreto, la iniciativa establece que el trabajo a distancia y el teletrabajo estarán regulados por el Código del Trabajo, por lo que se deberá suscribir un contrato de trabajo o un anexo entre empleador y empleado.

En Derecho-Chile redactamos sus contratos, cartas, solicitudes, demandas adaptándolos a sus necesidades concretas. Tanto si prefiere una redacción personalizada con cláusulas especiales, como si prefiere un modelo estandarizado, le podemos ayudar.

Tanto el siguiente Modelo Contrato de Teletrabajo, que Derecho-Chile ofrece a continuación como los otros modelos que se encuentran en el Blog Derecho-Chile, sólo constituyen una propuesta.
Derecho-Chile no se hace responsable de su contenido y/o uso y sólo lo expone como borrador, a saber, es meramente referencial y no debe ser entendido como una asesoría jurídica.

MODELO CONTRATO DE TELETRABAJO.

En ______, a __ de ______ 2020

De una parte (colocar nombre de la empresa), del giro de su denominación, Rol Único Tributario número ____________________, representada por don/ña (colocar nombres y apellidos), cédula nacional de identidad número ________________, ambos con domicilio en ____________________, número________________, comuna ____________________, en adelante “EL EMPLEADOR” o «LA EMPRESA»; y de otra, don/ña (colocar nombres y apellidos), cédula nacional de identidad número ________________, con domicilio en ____________________, ________________, comuna ____________________, en adelante indistintamente “EL/LA TRABAJADOR/A”, se ha convenido incluir con ocasión de la crisis desencadenada por el COVID-19, con carácter extraordinario y temporal, el siguiente anexo al contrato de trabajo, conforme a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: ANTECEDENTES. Con fecha _____ de ____________ de ______ las partes celebraron un contrato de trabajo en virtud del cual EL/LA TRABAJADOR/A ha prestado sus servicios de _____________ para LA EMPRESA.
Debido a las facilidades técnicas del mencionado puesto de trabajo, ambas partes consideran compatible el desarrollo de este bajo la modalidad del teletrabajo.

SEGUNDA: CONDICIONES GENERALES. EL/LA TRABAJADOR/A desempeñará las funciones inherentes a su puesto de trabajo bajo la modalidad de teletrabajo teniendo en cuenta las siguientes características:
1.- Los días y el horario de trabajo será de lunes a viernes desde las ______________ horas hasta las ____________ horas.
2.- El control de trabajo bajo la modalidad de teletrabajo por parte de LA EMPRESA se hará mediante medios telemáticos, informáticos o electrónicos.
3.- EL/LA TRABAJADOR/A deberá estar disponible para las reuniones o Meetings a las que se le convoque, dentro del horario de referencia acordado. Dichas reuniones o Meetings preferiblemente se realizarán por medios telemáticos.
4.- Si fuera necesario EL/LA TRABAJADOR/A, recibirá una formación adecuada y específica sobre los equipos y/o herramientas de trabajo suministradas por EL EMPLEADOR.
5.- EL/LA TRABAJADOR/A tendrá derecho a disfrutar de los derechos que tenía, descansos, vacaciones, afiliación al sistema de seguridad social.
6.- Asimismo, el trabajador tendrá las mismas obligaciones laborales que los demás trabajadores.
7.- EL EMPLEADOR se compromete a avisar por escrito, dentro de dos días hábiles, desde la firma de este instrumento, avisar a la Inspección del Trabajo correspondiente y al organismo administrador del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales el cambio de domicilio.

TERCERA: VIGENCIA. La prestación bajo la modalidad del teletrabajo se extenderá del ____________________ al ____________________ de ____________________ de 2020, sin perjuicio de que pueda prorrogarse de común acuerdo en función de la evolución de la crisis sanitaria del COVID-19.
A la finalización de este periodo la prestación de servicios bajo la modalidad del teletrabajo pasará a realizarse en el lugar de trabajo en el horario y condiciones habituales.

CUARTA: LUGAR DE TRABAJO. El teletrabajo se realizará desde la residencia particular DEL/DE LA TRABAJADOR/A, cuya dirección ya se ha señalado en el presente instrumento. Si EL/LA TRABAJADOR/A tuviera intención de cambiar el lugar donde desempeña su trabajo, deberá comunicarlo por escrito a su EMPLEADOR. En este caso, LA EMPRESA se reserva el derecho de evaluar y reconsiderar si la nueva ubicación DEL/DE LA TRABAJADOR/A, reúne las condiciones suficientes de idoneidad para seguir desarrollando sus tareas en la modalidad de teletrabajo.

QUINTA: MEDIOS TECNOLÓGICOS. EL/LA TRABAJADOR/A realizará sus funciones a través de medios tecnológicos que lo permitan, los que podrán ser propios o de LA EMPRESA, siempre cumpliendo con las medidas de conexión, continuidad, seguridad y requerimientos técnicos dispuestos por LA EMPRESA.

SEXTA: USO DE EQUIPOS Y HERRAMIENTAS SUMINISTRADAS POR EL EMPLEADOR. EL/LA TRABAJADOR/A se compromete a hacer un uso adecuado del equipo, así como de las herramientas que LA EMPRESA ponga a su disposición y a utilizarlas exclusivamente con los fines laborales definidos por la entidad. EL/LA TRABAJADOR/A se obliga a indemnizar a LA EMPRESA por la pérdida o daños que se le ocasionen a los equipos y herramientas suministrados por EL EMPLEADOR, que sean causados por dolo, culpa o negligencia DEL/DE LA TRABAJADOR/A en su uso, salvo caso fortuito, fuerza mayor o seguro tomado por EL EMPLEADOR o EL/LA TRABAJADOR/A.
En este acto EL/LA TRABAJADOR/A recibe de parte del EMPLEADOR para el cumplimiento del contrato, los siguientes equipos y herramientas de trabajo: 1.- (señalar modelo, marca, etc., del equipo y/o herramientas de trabajo y la condición en que se encuentra),
2.- (señalar modelo, marca, etc., del equipo y/o herramientas de trabajo y la condición en que se encuentra),
3.- (señalar modelo, marca, etc., del equipo y/o herramientas de trabajo y la condición en que se encuentra).

SÉPTIMA: OBLIGACIÓN DE MANTENERSE COMUNICADO. La obligación DEL/DE LA TRABAJADOR/A de permanecer ubicable, en el domicilio o dependencia informada para el desempeño de funciones bajo la modalidad del teletrabajo, se mantendrá durante la jornada laboral ordinaria, de conformidad a horario señalado en cláusula tercera.
EL/LA TRABAJADOR/A se mantendrá comunicado/a a través de los siguientes medios:
1.- Correo electrónico corporativo de LA EMPRESA.
2.- Correo electrónico personal DEL/DE LA TRABAJADOR/A.
3.- Teléfono particular DEL/DE LA TRABAJADOR/A.
4.- (Señalar todo otro medio de comunicación).
Además, se podrá acordar el uso de otros medios equivalentes, tales como aplicaciones de mensajería instantánea y videoconferencia.

OCTAVA: DERECHO DE DESCONEXIÓN. EL/LA TRABAJADOR/A tendrá un derecho de desconexión de 12 horas continuas entre jornada y jornada de trabajo. EL/LA TRABAJADOR/A tendrá la obligación de volver a conectarse al día siguiente, cuando hayan finalizado las 12 horas de descanso.
EL EMPLEADOR deberá respetar su derecho a desconexión, garantizando el tiempo en el cual EL/LA TRABAJADOR/A no estará obligado/a a responder sus comunicaciones, órdenes u otros requerimientos.
En ningún caso EL EMPLEADOR podrá establecer comunicaciones ni dar órdenes u otros requerimientos en días de descanso, permisos o vacaciones de los trabajadores.

NOVENA: MEDIDAS DE SEGURIDAD Y PREVISIÓN DE RIESGOS EN EL TELETRABAJO. EL/LA TRABAJADOR/A autoriza a LA EMPRESA a realizar visitas periódicas a su domicilio que permitan comprobar si el lugar de trabajo es seguro y está libre de riesgos en días y horas que no incomode su vida familiar; de igual forma autoriza las visitas de asistencia para actividades de Seguridad y salud en el trabajo. No obstante, EL/LA TRABAJADOR/A debe cumplir las condiciones especiales sobre la prevención de riesgos laborales que se encuentran definidas en el Reglamento Interno de Trabajo y hacen parte integral de este instrumento.

DÉCIMA: COSTOS EXTRAS: Se reconoce al/la TRABAJADOR/A el valor de como compensación de gastos de Internet, energía eléctrica, que no hacen parte de la remuneración.

DECIMAPRIMERA: SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN. El acceso a los diferentes entornos y sistemas informáticos de LA EMPRESA será efectuado siempre y en todo momento bajo el control y la responsabilidad de EL/LA TRABAJADOR/A, siguiendo los procedimientos establecidos por LA EMPRESA, los cuales se encuentran definidos en el Reglamento Interno de Trabajo y hacen parte integral del presente Acuerdo.

DECIMASEGUNDA: PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. EL/LA TELETRABAJADOR/A declara conocer y cumplir expresamente la legislación sobre protección de datos, en particular conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.628 de la República de Chile sobre Protección de la Vida Privada y Tratamiento de Datos Personales y las Políticas de Privacidad y de Seguridad de la Información que la EMPRESA ha implementado, y se compromete a tratar los datos de acuerdo con dichas normativas, como también se compromete a:
• Utilizar los datos de carácter personal a los que tenga acceso, única y exclusivamente para cumplir con sus obligaciones para con LA EMPRESA.
• Cumplir con las medidas de seguridad que LA EMPRESA haya implementado para asegurar la confidencialidad, secreto e integridad de los datos de carácter personal a los que tenga acceso, así como a no ceder en ningún caso a terceras personas los datos de carácter personal a los que tenga acceso, ni tan siquiera a efectos de su conservación.<

DECIMATERCERA: PROPIEDAD INTELECTUAL. Los derechos de propiedad intelectual e industrial que se generen en virtud del presente instrumento, le pertenecen a LA EMPRESA.
EL/LA TRABAJADOR/A no tendrá las facultades ni podrá realizar actividad alguna de uso, reproducción, comercialización, comunicación pública o transformación sobre el resultado de sus funciones, ni podrá ejercer cualquier otro derecho sin la previa autorización expresa de LA EMPRESA.

DECIMACUARTA: CONFIDENCIALIDAD. EL/LA TRABAJADOR/A se obliga en forma irrevocable a que toda Información que LA EMPRESA le haya proporcionado o le proporcione con motivo de este Contrato. Tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea verbalmente o por escrito, sea que se contenga en documentos, memoranda, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, disquetes, archivos computacionales o en cualquiera otra forma.
EL/LA TRABAJADOR/A no divulgará, publicará ni permitirá la publicación de todo o parte de la Información Confidencial, ni ponerla a disposición de terceros, a no ser que cuente con el consentimiento explícito de LA EMPRESA. Al momento de la resolución por cualquier causa de este Contrato, EL/LA TRABAJADOR/A deberá devolver, según lo indique EL EMPLEADOR, la Información Confidencial y toda copia, resumen o extracto de ésta, contenida en cualquier documento de trabajo, memorandos u otros escritos, discos, cintas, disquetes o archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de la misma, en ninguna forma.

DECIMOQUINTA: CLÁUSULA DE SALVEDAD. Si cualquier cláusula, disposición o condición del presente contrato fuere declarada ilegal, inválida, nula o ineficaz, a través de sentencia firme y ejecutoriada por un Tribunal de jurisdicción competente, dicha ilegalidad, invalidez, nulidad o ineficacia no afectará otra cláusula disposición o condición del presente contrato. Dejando de lado la cláusula, disposición o condición ilegal, inválida, nula o ineficaz el contrato continuará en plena vigencia y efecto como si tal cláusula, disposición o condición ilegal, inválida, nula o ineficaz no hubiere nunca formado parte del mismo contrato.

DECIMASEXTA: DISPOSICIONES FINALES. En la eventualidad de que, por cualquier motivo o circunstancia, fuere necesario abandonar la modalidad de teletrabajo, el anexo al contrato de trabajo quedará, de pleno derecho, automáticamente sin valor legal alguno, regresando las partes contratantes a sus respectivos derechos y obligaciones laborales originalmente pactadas. En todo lo no modificado por el presente instrumento, seguirá rigiendo el Contrato de Trabajo.

DECIMASÉPTIMA: NÚMERO DE EJEMPLARES. El presente contrato se firma y se extiende en dos ejemplares originales y de igual tenor y cada ejemplar consta de 4 páginas, las que son rubricadas una a una por las partes, quedando una copia en poder DEL/ DE LA TRABAJADOR/A y otra en poder del EL EMPLEADOR.

 

En comprobante, firman:

(Colocar nombres y apellidos)
TRABAJADOR/A
C.I.: XXXXXXX-X

 

(Colocar nombres y apellidos)
EMPLEADOR
C.I.: XXXXXXX-X

 

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Autor: Abogado Palma

Abogado Pablo Palma, LL.M. (Berlin). Doctor en Derecho (Ph.D.), fundador de Derecho-Chile, especialista en Derecho Societario y Nuevas Tecnologías, con vocación emprendedora.

El contenido de este artículo, sus comentarios y las respuestas ofrecidas no constituyen ni asesoramiento legal, ni son sustitutivas del correspondiente asesoramiento jurídico personalizado de un abogado. Ante cualquier consulta profesional contáctenos, sin compromiso, a través del formulario de contacto.
Las sentencias publicadas tienen como objetivo la difusión de la jurisprudencia más relevante. Al tratarse de un fallo emitido por alguna Corte de Apelaciones o Juzgado, verifique si se encuentra ésta firme y ejecutoriada en el portal del Poder Judicial.

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33 Comentarios

  1. Shirley B. dice:

    Excelente aporte Pablo, me ha tocado ver algunos contratos de teletrabajo y distan en varios punto de lo que proponer acá. Felicitaciones!.

    Saludos,
    Shirley B.
    Psicóloga Organizacional

  2. Farahnaz Fauaz dice:

    Muchas gracias por el aporte, clara la información y de mucha utilidad.

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