Modelo de resciliación de contrato de compraventa y usufructo de inmueble.

Por Abogado Palma | 01.08.2023
Blog Derecho-Chile| 7 minutos
Modelo de resciliación de contrato de compraventa y usufructo de inmueble.
Foto de: Matthias Zomer. Fuente: www.pexels.com

Resciliación de contrato de compraventa y usufructo de inmueble.

Si las partes dejan sin efecto el contrato de usufructo a través de una convención, ésta se llama resciliación.
La resciliación de un usufructo de una propiedad debe efectuarse por escritura pública y debe posteriormente realizarse la respectiva subinscripción en el Registro de Propiedad del Conservador de bienes raíces respectivo.

Tanto el siguiente Modelo de resciliación de contrato de compraventa y usufructo de inmueble, que Derecho-Chile ofrece a continuación como los otros modelos que se encuentran en el Blog Derecho-Chile, sólo constituyen una propuesta.
Derecho-Chile no se hace responsable de su contenido y/o uso y sólo lo expone como borrador, a saber, es meramente referencial y no debe ser entendido como una asesoría jurídica.

ESCRITURA DE RESCILIACIÓN DE
COMPRAVENTA Y USUFRUCTO

XXXXXX

-A-

XXXXXX

En XXX, República de Chile, a XXX del XXX, ante mí, XXX, abogado, Notario Público de esta Jurisdicción, con oficio en calle XXX número XXX, de esta ciudad, comparecen: don/ña XXX, de nacionalidad XXX, estado civil XXX, profesión XXX, cédula nacional de identidad número XXX, con domicilio en calle XXX número XXX, comuna de XXX, ciudad de XXX, y don/ña XXX, de nacionalidad XXX, estado civil XXX, profesión XXX, cédula nacional de identidad número XXX, con domicilio en calle XXX número XXX, comuna de XXX, ciudad de XXX, los comparecientes mayores de edad quienes acreditaron su identidad con las cédulas referidas y exponen que ha convenido lo siguiente:

PRIMERO: Por contrato de compraventa y usufructo que consta de la escritura pública de fecha XX de XXX de XXXX, otorgada ante el Notario Público de esta ciudad don XXX, Repertorio número XXX, don XXX compró a don XXX la nuda propiedad del inmueble ubicado en esta ciudad, Avenida XXX número XXX, Rol de Avalúo XXX guion XX, que deslinda: NORTE, XXX; SUR, XXX; ORIENTE, XXX; y PONIENTE, XXX, con una superficie de XXX metros cuadrados. Lo anterior consta de la inscripción que rola a fojas XXX número XXX, del año XXXX, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de XXX.

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SEGUNDO: En virtud del mismo contrato, don XXX, junto con vender, ceder y transferir a don XXX la NUDA PROPIEDAD sobre el inmueble singularizado en el cláusula primera del presente instrumento, reservó para sí el USUFRUCTO vitalicio del mismo inmueble, o sea, el uso, goce y habitación de la indicada propiedad por toda su vida, dejándose constancia que quedaba liberado de la obligación de rendir caución de conservación y restitución y de confeccionar inventario solemne. La inscripción del usufructo rola a fojas XXX, número XXX, del año XXXX, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de XXXX.

TERCERO: El precio convenido de venta fue la suma de XXX MILLONES DE PESOS, que el comprador pagó al vendedor en XXX, declarando el vendedor en consecuencia íntegramente pagado el precio de venta convenido.

CUARTO: La venta se hizo ad corpus en el estado en que se encontraba la propiedad vendida, con todos sus usos, costumbres y servidumbres, con todo lo plantado y edificado en ella, libre de hipotecas, prohibiciones, gravámenes, embargos, litigios y, en general, de toda limitación al dominio, salvo el usufructo constituido anteriormente, respondiendo el vendedor del saneamiento de acuerdo a la ley.

QUINTO: Se pactó que la entrega material de lo vendido se efectuaría cuando se extinguiere el usufructo mencionado anteriormente.

SEXTO: Los comparecientes declararon expresamente que el inmueble que se vendía no había sido declarado judicialmente “bien familiar” conforme a las normas del artículo 141 y siguientes del Código Civil.

SÉPTIMO: Por haber cambiado las condiciones y circunstancias tenidas en cuenta para la celebración del contrato de compraventa y usufructo antes señalado, las partes, de común acuerdo, vienen a resciliar y dejar sin efecto en todas sus partes dicho contrato, de modo que don XXX readquiere la nuda propiedad del inmueble ya individualizado, consolidándose así a su favor la plena propiedad del inmueble, toda vez que él era usufructuario vitalicio del mismo inmueble.

OCTAVO: Don XXX restituye a don XXX la suma de XX MILLONES DE PESOS, suma que ella declara haber recibido con anterioridad a esta fecha y a entera satisfacción, declarando que con dicha cantidad queda debidamente compensada por lo que pagó con ocasión del contrato resciliado, sin tener cargo alguno que formular.

NOVENO: Las partes se otorgan el más amplio y completo finiquito, declarando que nada se adeudan con motivo del contrato resciliado, ni por ningún otro concepto relativo al bien raíz ya individualizado, y en renunciar expresamente al ejercicio toda clase de acciones judiciales que pudieran corresponderles.

DÉCIMO:Los gastos notariales del presente contrato y los gastos de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, serán de cargo de ambas partes por mitades.

DÉCIMO PRIMERO: Para todos los efectos derivados del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad y comuna de XXX, y se someten a la competencia de sus tribunales ordinarios de Justicia.

DÉCIMO SEGUNDO: Se faculta al portador de copia autorizada del presente contrato para requerir del Conservador respectivo, las inscripciones, subinscripciones, anotaciones, alzamientos y cancelaciones que procedan, así como también para presentar minutas y suscribir escrituras de rectificación, aclaratorias y cualquier otro documento que sea necesario para proceder a la inscripción del presente instrumento. Como asimismo se faculta al abogado XXX, para suscribir escrituras públicas o privadas, minutas, aclaraciones, complementaciones y rectificar así, con su sola firma, cualquier error u omisión en materia de individualización del bien raíz, deslindes, referencia u otro que pudiere haberse incurrido en el otorgamiento de este contrato.

La presente escritura ha sido redactada por el abogado don XXX.
En comprobante y previa lectura firman los comparecientes conjuntamente con el Notario que autoriza.
Se da copia. Doy Fe.

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Autor: Abogado Palma

Abogado Pablo Palma, LL.M. (Berlin). Doctor en Derecho (Ph.D.), fundador de Derecho-Chile, especialista en Derecho Societario y Nuevas Tecnologías, con vocación emprendedora.

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