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17 01, 2015
Exequátur acogido de sentencia dictada en EE.UU.

El ordenamiento jurídico chileno ha reglamentando expresamente la materia, esto es, la fuerza que debe darse, en Chile, a las sentencias por Tribunales dictadas en países extranjeros. En los artículos 242 a 245 del Código de Procedimiento Civil, se recoge el denominado sistema "en cascada", en el que, en primer[...]

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