Libertad de conciencia, se encuentra limitada por los derechos fundamentales de los demás o por un derecho superior, como el derecho a la vida.
Tanto la Corte de Apelaciones de Valparaíso como el máximo tribunal señalan que: "de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 Nº 1 de nuestra Constitución Política, la señora por quien se recurre tiene derecho a vivir y a su integridad psíquica. En este caso la recurrida, siguiendo sus creencias[...]