Influencers y publicidad encubierta en las redes sociales.

Por Abogado Palma | 25.07.2022
Revistas Jurídicas| 3 minutos
Foto de: Laura Chouette. Fuente: Unsplash.

Este trabajo titulado: «Influencers y publicidad encubierta en las redes sociales.»,
Resumen: El empeño por garantizar el principio de autenticidad en la publicidad difundida por influencers en las redes sociales ha tenido como resultado la redacción y aprobación del Código de conducta sobre el uso de ‘influencers’ en la publicidad, promovido por la Asociación Española de Anunciantes (AEA), Autocontrol y la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, que entró en vigor en enero de 2021.
En los pocos meses de vida, el Jurado de la Publicidad de Autocontrol ha emitido seis dictámenes y cuatro resoluciones en aplicación de la norma cinco, referida precisamente a la exigencia de la identificación clara e indubitada del carácter publicitario de cualquier comunicación que pretenda este fin, dada la creciente tendencia de las
marcas comerciales a utilizar perfiles de influencers para realizar publicidad (encubierta) sin que los usuarios sean conscientes de ello.
En este trabajo se analiza la suficiencia de las medidas actuales de autorregulación para garantizar el principio de autenticidad de la publicidad, en particular cuando ésta tiene lugar a través de redes sociales y bajo la apariencia de imparcialidad de un influencer.

Influencers y publicidad encubierta en las redes sociales.

Autor: Leticia Cabrera Caro. (2023). Influencers y publicidad encubierta en las redes sociales. Revista IUS ET SCIENTIA 2021, Vol. 7, Nº 2, ISSN 2444-8478.

Fuente legal: Revista IUS ET SCIENTIA de España sobre Derecho y Ciencia.

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Autor: Abogado Palma

Abogado Pablo Palma, LL.M. (Berlin). Doctor en Derecho (Ph.D.), fundador de Derecho-Chile, especialista en Derecho Societario y Nuevas Tecnologías, con vocación emprendedora.

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