C. A. de Santiago confirma fallo que ordenó a dueña de bar pagar derechos de autor adeudados.

Por Abogado Palma | 01.12.2023
Sentencias| 3 minutos
C. A. de Santiago confirma fallo que ordenó a dueña de bar pagar derechos de autor adeudados.
Foto de Louis Hansel en Unsplash

Se ordenó a dueña de bar pagar derechos de autor adeudados.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió, con costas, la demanda presentada por la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales, SCD, y que le ordenó la dueña del local Bar de Providencia, pagar las tarifas mensuales convenidas.

Como es costumbre se han eliminado o abreviado los nombres de las partes ya que éstos no se tienen por relevantes para el análisis de la sentencia, causa rol N° 12.573-20203.

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TEXTO DE LA SENTENCIA:

C. A. de Santiago

Santiago, veintitrés de noviembre de dos mil veintitrés.
VISTO:

Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que, consecuentemente, se comparten.

Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia definitiva apelada de fecha diez de agosto de dos mil veinte, dictada en los autos rol N° C-22801-2018, seguidos ante el 27° Juzgado Civil de Santiago.

Regístrese y devuélvase la competencia.

N° Civil-12573-2020.

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Autor: Abogado Palma

Abogado Pablo Palma, LL.M. (Berlin). Doctor en Derecho (Ph.D.), fundador de Derecho-Chile, especialista en Derecho Societario y Nuevas Tecnologías, con vocación emprendedora.

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Las sentencias publicadas tienen como objetivo la difusión de la jurisprudencia más relevante. Al tratarse de un fallo emitido por alguna Corte de Apelaciones o Juzgado, verifique si se encuentra ésta firme y ejecutoriada en el portal del Poder Judicial.

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