¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir una empresa para calificar como “sociedad de profesionales”?

Por Abogado Palma | 16.01.2023
Derecho Comercial| 4 minutos
¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir una empresa para calificar como “sociedad de profesionales”?
Foto de: Marvin Meyer. Fuente: Unsplash.

Requisitos de una empresa para calificar como sociedad de profesionales

El 1° de enero de 2023, entró en vigencia la ley N° 21.420, la cual reduce o elimina determinadas exenciones tributarias, señala que todas las prestaciones de servicios serán gravadas con IVA.
Tras la modificación introducida por el N° 1 del artículo 6 de la Ley, el hecho gravado básico “servicio” contenido en el N° 2°) del artículo 2° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (en adelante LIVS) quedará definido de la siguiente manera:

“la acción o prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe un interés, prima, comisión o cualquiera otra forma de remuneración”.

Conforme a la nueva definición legal de “servicio”, quedarán gravados con IVA, en general, todos los servicios que sean prestados o utilizados dentro del territorio nacional, en los términos del artículo 5 de la LIVS. Luego, está gravado con IVA todo servicio prestado en Chile, aun cuando el beneficiario no tenga domicilio o residencia en Chile.

También se encuentran gravados con IVA los servicios prestados desde el extranjero, cuando sean utilizados en Chile, los que se documentarán mediante la emisión de una factura de compra, siempre que el beneficiario del servicio sea contribuyente de IVA, conforme a la letra e) del artículo 11 de la LIVS.

Sin embargo, la misma norma establece excepciones, es decir empresas dedicadas a la prestación de servicios que seguirán exentas, siempre y cuando califiquen como “sociedad de profesionales”.

Entonces cabe preguntarse: ¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir una empresa para calificar como “sociedad de profesionales”?

El SII, quien mediante circular administrativa (CIRCULAR N°50.- 215276.2022 GE), señala las condiciones y el procedimiento para que una empresa se registre como “sociedad de profesionales” y en definitiva mantener su exención de IVA:

  • Debe tratarse de una sociedad de personas. Este primer requisito limita el tipo social, haciendo procedente la exención sólo para aquellas sociedades de responsabilidad limitada o colectivas civiles. De esta forma, las sociedades por acciones o anónimas no califican por tratarse de sociedades “de capital”.

  • Su objeto “exclusivo” debe ser la prestación de servicios o asesorías profesionales.

  • Este servicio debe ser prestado por los mismos socios o con la cooperación de dependientes que coadyuven en la prestación del servicio.

  • Todos sus socios deben ejercer sus profesiones para la sociedad, no siendo aceptable que uno de ellos sólo aporte capital.

  • Las profesiones deben ser idénticas, similares o complementarias.

Será el mismo SII quien verifique el cumplimiento de los requisitos, disponiendo que la empresa se registre como “sociedad de profesionales”, quedando exenta de IVA.
Dicho procedimiento se encontrará disponible hasta el 30 de junio de 2023, operando de forma retroactiva para las empresas que califiquen.

¿Necesita gestionar una transformación social y revisar si cumple con los requisitos para calificar como sociedad de profesionales?

En Derecho-Chile lo asesoramos, le ayudamos de la forma más rápida y al precio más económico del mercado, ¡consúltenos!

Otros artículos y sentencias que le pueden interesar:

Autor: Abogado Palma

Abogado Pablo Palma, LL.M. (Berlin). Doctor en Derecho (Ph.D.), fundador de Derecho-Chile, especialista en Derecho Societario y Nuevas Tecnologías, con vocación emprendedora.

El contenido de este artículo, sus comentarios y las respuestas ofrecidas no constituyen ni asesoramiento legal, ni son sustitutivas del correspondiente asesoramiento jurídico personalizado de un abogado. Ante cualquier consulta profesional contáctenos, sin compromiso, a través del formulario de contacto.
Las sentencias publicadas tienen como objetivo la difusión de la jurisprudencia más relevante. Al tratarse de un fallo emitido por alguna Corte de Apelaciones o Juzgado, verifique si se encuentra ésta firme y ejecutoriada en el portal del Poder Judicial.

Artículos relacionados

¡Deje su comentario!

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

En Derecho-Chile sus opiniones nos interesan y se respetan.

Para tener una conversación respetuosa y acorde al tema, le pedimos lo siguiente:

  • Respete a los autores y a otros comentaristas
  • Los insultos/ataques personales no serán permitidos

¿Está buscando un abogado?

Así funciona Derecho-Chile:

  1. Escriba su consulta jurídica sin compromiso.
  2. Recibirá una orientación gratuita con un presupuesto.
  3. Contratar al abogado si está de acuerdo.

Escribir consulta

top button derecho chile