Cesión de derechos de sepultación perpetuo.
En Derecho-Chile redactamos sus contratos, cartas, solicitudes, demandas adaptándolos a sus necesidades concretas. Tanto si prefiere una redacción personalizada con cláusulas especiales, como si prefiere un modelo estandarizado, le podemos ayudar.
Tanto el siguiente MODELO DE CESIÓN DE DERECHOS DE SEPULTACIÓN PERPETUO, que Derecho-Chile ofrece a continuación como los otros modelos que se encuentran en el Blog Derecho-Chile, sólo constituyen una propuesta.
Derecho-Chile no se hace responsable de su contenido y/o uso y sólo lo expone como borrador, a saber, es meramente referencial y no debe ser entendido como una asesoría jurídica.
CESIÓN DE DERECHOS DE SEPULTACIÓN PERPETUO
En XXXX, República de Chile, a XX de marzo del dos mil XX, ante mí, XXXX, Abogado, Notario Público de esta Jurisdicción, con oficio en calle XXX número XXXX, de esta ciudad, comparecen: don (colocar nombres y apellidos), (colocar nacionalidad), (colocar profesión u oficio), (colocar estado civil), domiciliado en XXXX, XXXX, comuna XXXX, de paso en ésta, cédula nacional de identidad y RUT XXXXXXX-X; por una parte como vendedor; y por otra como comprador, don (colocar nombres y apellidos), (colocar nacionalidad), (colocar profesión u oficio), (colocar estado civil), domiciliado en XXXX, XXXX, comuna XXXX; los comparecientes mayores de edad quienes acreditaron su identidad con las cédulas antes indicadas y exponen:
PRIMERO: Don XXXX es dueño de un derecho de sepultación perpetuo en la sepultura, sector XX, manzana XX número XXXX del Cementerio XXXX. La adquirió por compra a Cementerio XXXX, según contrato número XXXX de fecha XXXX.
SEGUNDO: Por el presente instrumento don XXXX vende, cede y transfiere el derecho de sepultación individualizado en la cláusula anterior, a don XXXX, quien compra, acepta y adquiere para sí.
TERCERO: El precio de la cesión es el equivalente en pesos de XXXX unidades de fomento, que se pagan en este acto, en dinero efectivo, la suma que el vendedor declara recibir a su entera satisfacción.
CUARTO: Todos los gastos, derechos e impuestos fueron asumidos por el comprador.
QUINTO: Para todos los efectos de este contrato, las partes fijan domicilio en la comuna y ciudad de XXXX.
SEXTO: El comprador don XXXX, por este acto declara conocer y aceptar el Reglamento General de Cementerios y el Reglamento Interno del Cementerio XXXX, asumiendo todas las obligaciones que en ellos se establecen.
SÉPTIMO: El comprador por este instrumento declara conocer que en la Fracción XXXX Sector XXXX Número XXXX se encuentra inhumada la siguiente persona: XXXX. Hace esta declaración para los efectos del artículo número XXXX del Reglamento General del Cementerio.
OCTAVO: A partir de la fecha XXXX, el vendedor transfiere total derecho al comprador.
En comprobante y previa lectura, firman los comparecientes conjuntamente con el Notario escritura otorgada conforme a minuta presentada por los comparecientes.
Se dá copia.
Doy Fe.
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Hola, lo felicito por su página, la cual me ha sido muy útil.
Paso a mi consulta: ¿ Una sociedad de personas puede comprar una sepultura en chile y, como sería el contrato?.
Quedo muy atento a su respuesta, por favor.
Estimado Raúl,
Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
Con respecto a su consulta, le paso a responder brevemente: Claro que una persona jurídica podría comprar una sepultura, de hecho muchas de ellas ya pertenecen a sociedades SRL. Entonces, simplemente se tendría que hacer la escritura pública con las mismas formalidades para la compra de un inmueble.
Si desea concretar una asesoría directa, relacionada con su materia, nos puede escribir a través de nuestro formulario de contacto.
Un cordial saludo para usted, agradecemos su tiempo y contacto.
Hola, buenas tardes
En la Notaría me preguntan si esta cesión, se hará con instrumento público o privado. Cual es la diferencia?
Gracias
Estimado Carlos,
Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
Respecto a tu consulta, los instrumentos públicos tienen una serie de características que los diferencia de los instrumentos privados. Los instrumentos públicos tienen mayor fuerza probatoria y gozan de fe pública, tales como las escrituras de compraventa de bienes raíces, un testamento, etc.
Para saber si tu trámite requiere de instrumento público o privado lo mejor es consultar en el cementerio donde presentará dicho instrumento. Ante la duda, le recomiendo un instrumento público.
Para contactarnos y solicitar un presupuesto económico, puede escribirnos a través del siguiente formulario de contacto, especialmente creado para ello.
Cordiales saludos