C. A. de Santiago confirma fallo que rechazó demanda de servidumbre de tránsito.

Por Abogado Palma | 19.04.2024
Sentencias| 2 minutos
C. A. de Santiago confirma fallo que rechazó demanda de servidumbre de tránsito.
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C. A. de Santiago confirma fallo que rechazó demanda de servidumbre de tránsito.

En fallo unánime, el tribunal de alzada confirmó la sentencia que rechazó la demanda de servidumbre de tránsito interpuesta en contra de la sociedad inmobiliaria VE SA, por propietario de inmueble ubicado en la comuna de Lo Barnechea.

Como es costumbre se han eliminado o abreviado los nombres de las partes ya que éstos no se tienen por relevantes para el análisis de la sentencia causa Rol N° 1374-2021-Civil.

Fallo C. A. de Santiago confirma fallo que rechazó demanda de servidumbre de tránsito.pdf (84 descargas ) Fallo 1ra instancia que rechazó demanda de servidumbre de tránsito.pdf (93 descargas )

TEXTO DE LA SENTENCIA DE LA CORTE DE APELACIONES:

Alegó, previo anuncio y relación pública, la abogada doña KV contra el recurso.
Santiago, 8 de abril de 2024.

Cristián Alcántara Mödinger, relator.
Santiago, ocho de abril de dos mil veinticuatro.

Al escrito folio N° 23: Téngase presente.
Vistos:

Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dictada el veintisiete de abril de dos mil veinte, por el 19° Juzgado Civil de Santiago, con costas del recurso.

Se previene que la ministra Celia Catalán Romero fue del parecer de no condenar en costas a la parte recurrente.

Regístrese y devuélvase.
N° 1374-2021 – Civil.
No firma la ministra señora Vásquez por problemas de factibilidad técnica.

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Autor: Abogado Palma

Abogado Pablo Palma, LL.M. (Berlin). Doctor en Derecho (Ph.D.), fundador de Derecho-Chile, especialista en Derecho Societario y Nuevas Tecnologías, con vocación emprendedora.

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Las sentencias publicadas tienen como objetivo la difusión de la jurisprudencia más relevante. Al tratarse de un fallo emitido por alguna Corte de Apelaciones o Juzgado, verifique si se encuentra ésta firme y ejecutoriada en el portal del Poder Judicial.

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