ACTA N° 164-2024. Auto acordado sobre acceso a carpetas electrónicas judiciales y buscador de jurisprudencia del Poder Judicial.

Por Abogado Palma | 06.08.2024
Blog Derecho-Chile| 4 minutos
Auto acordado buscador de jurisprudencia
Foto de John Schnobrich en Unsplash

Auto Acordado buscador de jurisprudencia del Poder Judicial. ACTA N° 164-2024.

“Las carpetas electrónicas de los procedimientos judiciales seguidos ante los tribunales del Poder Judicial son públicas y deberán estar íntegramente disponibles en la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial, de conformidad con la ley. Sin perjuicio de lo anterior, el tribunal podrá limitar total o parcialmente el acceso a la carpeta electrónica en conformidad a la ley”, dice el acta en su numeral 1.

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El Pleno de la Corte Suprema emitió, el cinco de agosto, el auto acordado 164-2024 titulado “Sobre acceso a carpetas electrónicas judiciales y buscador de jurisprudencia del Poder Judicial”, que sustituye el acta 44-2022. Esta nueva regulación simplificada tiene como objetivo fortalecer el buscador de jurisprudencia, mejorar los procesos de anonimización y optimizar la selección de fallos que requieren este tratamiento, lo cual beneficiará la gestión de estos procesos.

El numeral 1 del acta establece que “las carpetas electrónicas de los procedimientos judiciales seguidos ante los tribunales del Poder Judicial son públicas y deberán estar completamente disponibles en la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial, conforme a la ley. Sin perjuicio de ello, el tribunal podrá restringir total o parcialmente el acceso a la carpeta electrónica según lo establecido en la ley”.

Además, en su artículo 3, se dispone que “el Poder Judicial pondrá a disposición de la comunidad un ‘Buscador de Jurisprudencia’, una plataforma electrónica que, respetando las restricciones necesarias para la protección de datos personales, incluirá las sentencias definitivas firmes y las sentencias interlocutorias firmes que pongan término al juicio o impidan su continuación, emitidas por los tribunales del Poder Judicial y que tengan relevancia jurisprudencial. No se incluirán en el Buscador de Jurisprudencia aquellas sentencias dictadas en causas que, por disposición legal o decisión del tribunal, deban mantenerse reservadas por motivos distintos a la protección de datos personales”.

El Auto Acordado entrará en vigencia el 1° de enero de 2025.

ACTA N° 164-2024. Auto acordado buscador de jurisprudencia

Fuente: Poder Judicial.

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Autor: Abogado Palma

Abogado Pablo Palma, LL.M. (Berlin). Doctor en Derecho (Ph.D.), fundador de Derecho-Chile, especialista en Derecho Societario y Nuevas Tecnologías, con vocación emprendedora.

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