Monitoreo telemático a casos de violencia en el pololeo.
La Corte Suprema con fecha 17 de octubre de 2023 informó al Congreso Nacional, mediante Oficio N° 278-2023, su opinión sobre el proyecto de ley que “Modifica cuerpos legales que indica para aplicar el monitoreo telemático a casos de violencia en el pololeo y violencia vicaria” ().
El proyecto de ley Boletín N° 14.967-34, se encuentra en segundo trámite constitucional, luego del que pasado 18 de octubre fuese despachado por la Cámara de Diputados al Senado.
El proyecto tiene por objeto hacer aplicable, para su protección, el monitoreo telemático en casos de violencia en el contexto de relaciones íntimas de pareja sin convivencia, esto por medio de la adición de estos hechos dentro de los casos de autoría de violencia intrafamiliar, por medio de la ampliación del concepto de
violencia intrafamiliar el cuál considerara este tipo de hechos, junto con hechos de violencia que afecten la libertad o indemnidad sexual, o la subsistencia económica de la víctima, o cuando se hace daño a la víctima a través de violencia ejercida sobre terceros por medio de la modificación del artículo 5° de la Ley N° 20.066. Por otro lado, se perfecciona lo relativo a la definición de plazos para resolver acerca de la medida de monitoreo telemático en procedimientos penales.
Además, se modifica la ley N° 21.378 bajo la idea de perfeccionarla, particularmente en lo referido al establecimiento de sanciones especiales relacionadas con el incumplimiento de las medidas cautelares de prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo o estudio cuando exista supervisión de esta por monitoreo telemático o cuando el dispositivo electrónico sea intencionalmente dañado o no se informe respecto a su posible desperfecto para con el objeto de dar incumplimiento a estas medidas; y el establecimiento de principios para la elaboración de Pauta Unificada de Evaluación Inicial de Riesgo.
Fuente Oficio N° 278-2023: Poder Judicial.
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