Informe sobre proyecto de ley que sanciona el ecoblanqueo o lavado verde de imagen.
La Corte Suprema en pleno analizó el proyecto de ley que “previene y sanciona el ecoblanqueo o lavado verde de imagen”. Informe que fue remitido a la presidencia de la Cámara de Diputados el viernes 24 de febrero.
El informe plantea: “Que la disposición consultada expresamente por la Comisión de Medioambiente de la Cámara de Diputados es el artículo 11 del proyecto, el cual le da competencia a los Juzgados de Policía Local para conocer de las contravenciones e infracciones que consagra esta propuesta legislativa que regula el lavado verde de imagen, o ecoblanqueo”.
El ecoblanqueo o lavado verde o lavado de imagen verde (estas dos últimas variantes proceden del término anglosajón greenwashing, de green, verde, y whitewash, blanquear o encubrir), se define como una forma de propaganda en la que se realiza marketing verde de manera engañosa para promover la percepción de que los productos, objetivos o políticas de una organización son respetuosos con el medio ambiente con el fin de aumentar sus beneficios.
Fuente legal: OFICIO N° 47-2023, de 31 Enero de 2022.
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