¿Cómo se clasifica el acoso laboral?

Por Abogado Palma | 25.08.2024
Laboral| 4 minutos
¿Cómo se clasifica el acoso laboral?
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¿Cómo se clasifica el acoso laboral?

El acoso laboral, también conocido como mobbing, se clasifica en varias categorías dependiendo de la relación jerárquica entre la persona acosadora y la persona acosada. Estas categorías reflejan diferentes dinámicas de poder y la manera en que se ejercen las conductas abusivas en el entorno laboral.

Fuentes esenciales: Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Decreto N° 21 Aprueba reglamento que establece las directrices a las cuales deberán ajustarse los procedimientos de investigación de acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo de fecha 26 de mayo de 2024; Código del Trabajo. Artículo 211-E inciso final.

1. Acoso vertical descendente:

Este tipo de acoso ocurre cuando la persona acosadora ocupa un cargo jerárquico superior al de la persona acosada. La autoridad de la persona acosadora puede derivarse de su posición dentro de la organización, de los niveles de responsabilidad que maneja o de su capacidad para impartir instrucciones y decisiones que afectan al subordinado.
El acoso vertical descendente es común y puede manifestarse a través de abuso de poder, asignación de tareas imposibles, críticas constantes o menosprecio, creando un ambiente laboral hostil para la persona que se encuentra en una posición subordinada.

2. Acoso vertical ascendente:

En este caso, el acoso proviene de una persona que ocupa un cargo inferior al de la persona acosada. Aunque puede parecer menos frecuente, el acoso vertical ascendente se presenta cuando un subordinado, solo o en grupo, dirige conductas de acoso hacia un superior. Esto puede deberse a la resistencia a la autoridad, envidia, o intentos de socavar la posición del superior, afectando su desempeño o reputación dentro de la organización. Este tipo de acoso puede ser más sutil pero igualmente dañino.

3. Acoso horizontal:

Aquí, tanto la persona acosadora como la acosada comparten el mismo nivel jerárquico dentro de la organización. Este tipo de acoso entre colegas es frecuente y puede surgir por competencia, conflictos personales, envidia, o diferencias irreconciliables. Las acciones de acoso horizontal pueden incluir la difusión de rumores, aislamiento social, sabotaje del trabajo, o comportamientos hostiles, todo lo cual afecta la cohesión del equipo y el bienestar de los empleados.

4. Acoso mixto o complejo:

Este tipo de acoso combina elementos de los anteriores y se caracteriza por la participación de múltiples actores y niveles jerárquicos. En el acoso mixto o complejo, puede haber una combinación de acoso horizontal y vertical, donde un grupo de trabajadores ejerce presión sobre un compañero de manera horizontal, con el conocimiento del empleador. En lugar de intervenir para proteger a la persona afectada, el empleador puede optar por no tomar medidas o incluso contribuir al acoso. Además, pueden coexistir acosos verticales, tanto ascendentes como descendentes, creando una situación particularmente complicada y opresiva para la víctima.

En resumen, el acoso laboral puede manifestarse de diversas maneras y en diferentes direcciones dentro de la jerarquía organizacional.
Entender estas clasificaciones es crucial para identificar y abordar eficazmente el acoso en el lugar de trabajo, protegiendo así los derechos y el bienestar de todos los empleados.

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Autor: Abogado Palma

Abogado Pablo Palma, LL.M. (Berlin). Doctor en Derecho (Ph.D.), fundador de Derecho-Chile, especialista en Derecho Societario y Nuevas Tecnologías, con vocación emprendedora.

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