El “sueño” de la casa propia. ¿Qué hacer cuando no obtienes el crédito hipotecario que necesitas?

Por Abogado Palma | 30.11.2021
Derecho| 3 minutos
El “sueño” de la casa propia. ¿Qué hacer cuando no obtienes el crédito hipotecario que necesitas?
Foto de Claudia Kirchberger obtenida en Unsplash.

¿Qué hacer cuando no obtienes el crédito hipotecario que necesitas?

El alza de las tasas de interés de los créditos hipotecarios ha generado que muchos compradores que hace 1 ó 2 años habían firmado promesas de compraventa de casas o departamentos, hoy no están calificando para obtener de parte de sus bancos los créditos hipotecarios que necesitan para comprar las viviendas, lo que significa no solo no poder comprar la casa, sino que puede significar perder la reserva o pie que hayas pagado a la inmobiliaria. Si estás en esa situación, en este artículo te ofrecemos algunas soluciones.

La promesa de compraventa es una herramienta efectiva y de gran utilización en el mercado inmobiliario.

En palabras simples para nuestro tema, la inmobiliaria y el cliente se comprometen a firmar la compraventa de una vivienda cuando el cliente obtenga el mutuo hipotecario que necesita para pagarla.

La pregunta que surge es, ¿qué hacer cuando el cliente no obtiene el crédito hipotecario que necesita?

A simple vista parecería que todo está perdido, pero no es así.

Existen algunas soluciones:

  1. Obtener el crédito hipotecario por otro medio: Puedes solicitar el crédito en otro banco o también en otro tipo de instituciones que entregan créditos hipotecarios como cajas de compensación, cooperativas de ahorro y crédito o compañías de seguro.

  2. Ceder la promesa: Muchas promesas de compraventa incluyen una cláusula que permite ceder la promesa a una tercera persona. Eso significa que si tu no puedes cumplir con la promesa, puedes hacer que un tercero (por ejemplo un amigo o conocido) pueda tomar tu posición en el contrato.
    Es como un cambio de jugador en un partido de fútbol. Esto puede solucionar el problema ya que esta tercera persona puede pagarte los montos que ya hayas pagado a la inmobiliaria e ingresar como comprador en el contrato.

  3. Negociar con tu inmobiliaria: Debes saber que el aumento de las tasa de interés también afecta a las inmobiliarias. Es por esto que es recomendable acercarse a la inmobiliaria con tiempo para intentar salvar la situación.
    Quizás pueden ofrecer facilidades de pago u ofrecerte otra casa o departamento de menor valor en ese u otro proyecto de la inmobiliaria.

¿No has obtenido el crédito hipotecario que necesitas y quieres ceder la promesa?

En Derecho-Chile lo asesoramos, le ayudamos de la forma más rápida y al precio más económico del mercado, ¡consúltenos!

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Autor: Abogado Palma

Abogado Pablo Palma, LL.M. (Berlin). Doctor en Derecho (Ph.D.), fundador de Derecho-Chile, especialista en Derecho Societario y Nuevas Tecnologías, con vocación emprendedora.

El contenido de este artículo, sus comentarios y las respuestas ofrecidas no constituyen ni asesoramiento legal, ni son sustitutivas del correspondiente asesoramiento jurídico personalizado de un abogado. Ante cualquier consulta profesional contáctenos, sin compromiso, a través del formulario de contacto.
Las sentencias publicadas tienen como objetivo la difusión de la jurisprudencia más relevante. Al tratarse de un fallo emitido por alguna Corte de Apelaciones o Juzgado, verifique si se encuentra ésta firme y ejecutoriada en el portal del Poder Judicial.

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2 Comentarios

  1. Rolando dice:

    Hola, seré breve.
    En Marzo 2021 firme promesa de compraventa con la inmobiliaria «X» en la cual pague el 10% de pie, ya que la inmobiliaria consiguió aprobación de Crédito Hipotecario por el 90%.
    El departamento tenia entrega para Marzo 2022, pero debido a retrasos en la recepción municipal se postergo.
    En Noviembre 2021 obtuve la aprobación en el banco por el 90% de financiamiento.
    Hoy Julio 2022 el banco me llama para informarme que en marzo las políticas del banco cambiaron y no pueden darme el 90% sino el 80%.
    Lo que veo en mi caso no es Incumplimiento de mi parte para adquirir el bien raíz, por parte de la inmobiliaria tampoco, que sucede en este caso, pierdo el total del dinero de mi promesa, deberé pagar multa…?
    De antemano agradeceré su asesoría y/o respuesta.

    • Fernando Miranda C. dice:

      Estimado Rolando,

      Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Con respecto a su consulta, le paso a responder brevemente: Estos casos se resuelven conforme a la ley del consumidor, hay precedentes, usted puede recuperar lo pagado como pie, hay una circunstancia ajena a su voluntad que le impide firmar la compraventa definitiva, se debe demandar a la inmobiliaria para recuperar lo pagado por reserva y pie.
      Si desea concretar una asesoría directa, relacionada con su materia, nos puede escribir a través de nuestro formulario de contacto.

      Un cordial saludo para usted, agradecemos su tiempo y contacto.

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