Informe sobre proyecto que regula cumplimiento alternativo de condenados con enfermedad terminal.
La Corte Suprema en pleno analizó el proyecto de ley (Boletín N° 16.036-17) que “Regula el cumplimiento alternativo de penas privativas de libertad, para condenados con enfermedad terminal o menoscabo físico grave, o que hayan cumplido determinada edad”. El informe fue enviado a la presidencia del Senado el día miércoles 23 de agosto.
La Corte señala: “Con todo, sin perjuicio de la plausibilidad de los objetivos político-criminales que persigue la iniciativa, debe ponderarse en conjunto con otros fines y obligaciones del Estado que resultan relevantes, como la de investigar, juzgar y castigar cierta clase de delitos y el deber de evitar la impunidad y la ‘denegación interesada de justicia’».
El máximo tribunal, se manifiesta a favor de la iniciativa legal, pero advierte sobre el impacto que podría ocasionar la propuesta en los casos de condenados con enfermedad terminal por casos de violaciones a los derechos humanos.
«Diversos tratados y organizaciones internacionales han establecido la obligación de un trato digno y humano para los privados de libertad en general, como así también respecto de los adultos mayores en especial.
Numerosos países democráticos han legislado en función de estos principios que emanan de la doctrina internacional en materia de derechos humanos, desarrollando normativa específica para grupos vulnerables como las personas mayores, los enfermos terminales o los enfermos que sufren una dependencia severa, cuando se encuentran cumpliendo penas privativas de libertad.
En Chile no existe una normativa legal que se haga cargo de la situación de las personas mayores y enfermos graves y terminales privados de libertad, lo cual, más allá del incumplimiento de obligaciones que emanan de tratados internacionales suscritos por Chile, denota una falta de humanidad y una degradación del valor universal de los derechos humanos.
Durante la última década ha habido numerosas iniciativas, tanto mociones parlamentarias como mensajes presidenciales, que han intentado hacerse cargo de la situación descrita, sin embargo, ninguna de las iniciativas ha prosperado.
En efecto, varios boletines responden a mociones parlamentarias, a las que se suman los mensajes N° 11.569-079 y N° 12.345-07.1.
El proyecto de ley que se propone busca adecuar la legislación nacional a los estándares internacionales propios de una política carcelaria humanitaria, con pleno respeto a los derechos humanos.»
Descargar aquí: informe de la C. S. sobre proyecto de ley regula cumplimiento alternativo de condenados con enfermedad terminal. (393 descargas )
Informe de la C. S. sobre proyecto de ley regula cumplimiento alternativo de condenados con enfermedad terminal
Fuente legal: Poder Judicial. OFICIO N° 202-2023, de 23 Agosto de 2023.
¿Quiere publicar un artículo jurídico con el fin de difundir el conocimiento jurídico y así contribuir al avance del la ciencia jurídica?
En Derecho-Chile estamos conscientes que el derecho es y/o debe mantenerse como una realidad viva y capaz de hacer frente a los desafíos que plantea la sociedad actual. ¡Envíanos tu artículo!
Otros artículos y sentencias que le pueden interesar:
- C. A. de Santiago ordena al Registro Civil resolver en derecho solicitud de posesión efectiva y se reconozca la calidad de hijo natural.
- C. A. de Santiago acoge r. de protección contra empresa electricidad por no reponer oportunamente suministro.
- EL ACTO JURÍDICO SIMULADO.
- C. A. de Santiago acoge r. de protección y ordena al Registro Civil tramitar solicitud de posesión efectiva presentada por nieta.
- C. A. de Valdivia acoge R. de Protección por publicaciones ofensivas realizadas en la red social Facebook.
- Material docente N° 57 de La Academia Judicial: Terrorismo.
- R. de Amparo en contra de Extranjería acogido, ya que la autoridad no otorgó la posibilidad a la parte recurrente, de subsanar la situación.
- Material docente N° 18 de La Academia Judicial. Protección de Datos Personales.