MODELO DE PODER PARA ACTUAR ANTE COMPAÑÍAS DE SEGUROS.

Por Abogado Palma | 30.03.2023
Blog Derecho-Chile| 5 minutos
MODELO DE PODER PARA ACTUAR ANTE COMPAÑÍAS DE SEGUROS.
Foto de: Samson. Fuente: Unsplash.

PODER PARA ACTUAR ANTE COMPAÑÍAS DE SEGUROS.

Tanto el siguiente MODELO DE PODER PARA ACTUAR ANTE COMPAÑÍAS DE SEGUROS, que Derecho-Chile ofrece a continuación como los otros modelos que se encuentran en el Blog Derecho-Chile, sólo constituyen una propuesta.
Derecho-Chile no se hace responsable de su contenido y/o uso y sólo lo expone como borrador, a saber, es meramente referencial y no debe ser entendido como una asesoría jurídica.

¿Necesita una autorización o poder en especial ante compañías de seguros, contrato especial, carta o un documento legal especial?

Mandatos, contratos, cartas, estatutos o escritos redactados a la medida de sus necesidades, con las cláusulas necesarias, ¡consúltenos!

PODER PARA ACTUAR ANTE COMPAÑÍAS DE SEGUROS

APELLIDOS, NOMBRES

A

APELLIDOS, NOMBRES

En XXXX, República de Chile, a XXXX de XXXX de dos XXXX, ante mí, XXXX, Abogado, Notario Público de esta Jurisdicción, con oficio en calle XXXX número XXXX, de esta ciudad, comparece don XXXX, chileno, estado civil XXXX, profesión u oficio XXXX, cédula nacional de identidad número XXXX guion X, domiciliado en calle XXXX número XXXX, comuna de XXX, ciudad de XXXX, mayor de edad, quien acreditó su identidad con la cédula referida y expone:

Por la presente, don XXXX, viene en conferir poder especial, tan amplio y bastante como en derecho se requiera, a don XXXX, chileno, estado civil XXXX, profesión u oficio XXXX, cédula nacional de identidad número XXXX guion X, domiciliado en calle XXXX número XXXX, comuna de XXX, ciudad de XXXX, mayor de edad, para que actúe en mi nombre y representación ante: Hdi Seguros De Vida S.A; Chubb Seguros Chile S.A.; Compañía De Seguros De Vida Consorcio Nacional De Seguros S.A.; Bbva Seguros De Vida S.A.; Mutual De Seguros De Chile; Seguros De Vida Suramericana S.A.; Banchile Seguros De Vida S.A.; Seguros Vida Security Previsión S.A.; Chilena Consolidada Seguros De Vida S.A.; Mapfre Compañía De Seguros Generales De Chile S.A.; Ohio National Seguros De Vida S.A; Seguros Generales Suramericana S.A.; Bci Seguros Vida S.A.; Seguros De Vida Sura S.A; Bice Vida Compañía De Seguros S.A; Zurich Santander Seguros De Vida Chile S.A.; Compañía De Seguros Confuturo S.A.; Mutualidad De Carabineros; Bnp Paribas Cardif Seguros De Vida S.A.; Penta Vida Compañia De Seguros De Vida S.A.; Mutualidad Del Ejercito Y Aviación; Compañía De Seguros De Vida Cámara S.A.; Itaú Chile Compañía De Seguros De Vida S.A.; EuroAmerica Seguros De Vida S.A.; Metlife Chile Seguros De Vida S.A. Metlife Chile Seguros Generales S.A., ante las cuales podrá: 1.- Ingresar Denuncio de siniestro. 2.- Solicitar copia de las pólizas y propuestas. 3.- Tramitar el pago del seguro del que soy beneficiaria o heredero en dicha institución y retirar cheque o vale vista a mi nombre, emitido por Banco o Institución Financiera. 4.- Faculto en forma expresa al mandatario para ser notificado del Informe de Liquidación, para que pueda actuar por mí en caso de oponerse a la liquidación, con las más amplias facultades que la ley permita. 5.- Actuar ante Comisión Para el Mercado Financiero, a fin de solicitar la revisión de las actuaciones de la compañía de seguros y efectuar las reclamaciones administrativas que sean pertinentes. 6.- Presentar todo tipo de documentos en mi representación ante la compañía aseguradora, corredora y CMF. 7.- Así mismo podrá actuar ante las siguientes instituciones bancarias: Banco De Chile, Banco Internacional, Scotiabank Chile, Banco De Crédito E Inversiones, Banco Bice, Banco Santander-Chile, Itaú Corpbanca, Banco Security, Banco Falabella, Banco Ripley, Scotiabank Azul. 8.- Ante las A.F.P.: Capital, Cuprum, Habitat, Modelo, Planvital Y Provida. 9.- Este poder tendrá vigencia de XX meses a partir de la firma de este poder.

Al efecto confiere al mandatario todas las facultades necesarias para el eficaz y correcto desempeño de este mandato, incluso las de firmar los documentos, recibos y resguardos que se le exijan y, en general lo faculta para que efectúe todos los trámites que sean precisos para dar oportuno y cumplido término a lo encomendado.

En comprobante y previa lectura, firma el compareciente conjuntamente con el Notario que autoriza.

Se da copia.

Doy Fé.-

(NOMBRES, APELLIDOS)
C.I.:

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Autor: Abogado Palma

Abogado Pablo Palma, LL.M. (Berlin). Doctor en Derecho (Ph.D.), fundador de Derecho-Chile, especialista en Derecho Societario y Nuevas Tecnologías, con vocación emprendedora.

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