OFICIO N° 182-2024. Informe que busca regular medidas de protección de testigos.
OFICIO-N°-182-2024.-Informe-que-busca-regular-medidas-de-proteccion-de-testigos.pdf (285 descargas )Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema, el lunes 10 de junio, analizó el proyecto de ley, iniciado en moción, que “modifica el Código Procesal Penal, con el objeto de regular la adopción, vigencia y alzamiento de las medidas de protección a los testigos que indica”. Informe que fue remitido a la presidencia del Senado al día siguiente.
Para el pleno de ministros: “En primer término, el proyecto parece partir de una comprensión incorrecta del sistema actual. Específicamente, atribuye al Ministerio Público potestades que, de acuerdo con el Código Procesal Penal, particularmente en los artículos 307 y 308, son competencia exclusiva de los tribunales de justicia”.
“En segundo lugar, al establecer su carácter potencialmente indefinido, el proyecto ignora los requerimientos de necesidad estricta y proporcionalidad que deben restringir a estas medidas, lo que resulta problemático de cara a su potencial para perjudicar el derecho a defensa de los imputados”.
“En tercer lugar, el proyecto no toma en cuenta la importancia de someter cualquier medida de protección a la revisión judicial. Este control es una garantía básica que emana directamente del principio del debido proceso y que es esencial para proteger el derecho a la defensa, por lo que la sujeción del alzamiento de las medidas de protección a la autorización del Fiscal Regional, parece injustificada, y contraviene el modelo de justicia chileno”.
“Finalmente, las modificaciones restantes, que conciernen a la facultad de que el juez de garantía pueda entrevistarse privadamente con el testigo; la explicitación de que estas medidas pueden decretarse en cualquier etapa del procedimiento y la facultad del Fiscal Nacional de dictar instructivos en relación a estas materias, resultan al contrario, pertinentes y no ameritan observaciones”.
“Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en la norma constitucional citada, se acuerda informar en los términos antes expuestos el referido proyecto de ley”, concluye.
Antecedentes: Proyecto de ley Boletin-N°-16.339-07.pdf (258 descargas ) , iniciado en Moción de los Honorables Senadores señor Insulza, señora Vodanovic, y señores Quintana y Walker, que modifica el Código Procesal Penal, con el objeto de regular la adopción, vigencia y alzamiento de las medidas de protección a los testigos que indica.
OFICIO N° 182-2024. Informe que busca regular medidas de protección de testigos.Fuente: Poder Judicial.
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